La asesoría jurídica no sustituye al Ministerio Público. Tiene una función propia: representar los intereses de la víctima, promover sus derechos y sostener técnicamente sus planteamientos dentro del procedimiento.
Investigación y tutela de derechos
La representación puede comprender la preparación de la denuncia o querella, el acceso a la carpeta de investigación, la aportación de información, la solicitud de actos de investigación y el seguimiento de las determinaciones ministeriales.
Cuando resulta jurídicamente procedente, se analizan medidas de protección, providencias precautorias y mecanismos de impugnación frente a omisiones o determinaciones que afecten los derechos de la víctima u ofendido.
Audiencias y etapa intermedia
La asesoría comprende la preparación e intervención en las audiencias previstas por el Código Nacional de Procedimientos Penales. Durante la fase escrita de la etapa intermedia, después de la notificación de la acusación, se evalúa la constitución como coadyuvante, el señalamiento de vicios formales, la oferta de medios de prueba complementarios y la cuantificación de la reparación del daño.
Reparación integral del daño
La estrategia probatoria debe identificar los daños cuya reparación se reclama, la forma de acreditarlos y su relación con los hechos materia del procedimiento. La pretensión se construye con soporte documental, pericial y argumentativo adecuado al caso.
El alcance de la intervención depende de los hechos, la competencia, la etapa procesal y las resoluciones dictadas en cada asunto. Esta información es general y no sustituye un diagnóstico jurídico.